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Un mar de corrupción

Marta Lucía Ramírez, socia de un hotel en una playa robada

La exvicepresidenta no ha querido responder a las reiteradas denuncias de CasaMacondo por el hurto de una playa y la construcción de un hotel que viola las normas urbanísticas de San Andrés.

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Marta Lucía Ramírez y su esposo Álvaro Rincón sonríen sin vergüenza pese a sus actuaciones abusivas, manilargas. El hotel en San Andrés del que son socios se erige resplandeciente en el norte de la isla, en Spratt Bight, a pesar de que está obligado a correcciones estructurales y de diseño por violar las restricciones de altura máxima. Ninguno de los huéspedes que posan en sus balcones y reproducen fotos instantáneas frente al mar de los siete colores imagina que ese, el Grand Sirenis, ostenta una playa robada, propiedad de la nación.

El predio en disputa, que CasaMacondo ha denunciado en varias entregas periodísticas, mide 4.212 metros cuadrados. La exvicepresidenta y su esposo insisten en que solo 540 metros son públicos, como si esa cantidad menor excusara la usurpación de un bien ajeno. Justo allí funciona el embarcadero Tonino’s Marina, concesionado a la familia Gallardo, una de las más poderosas e influyentes de la isla, dueña de negocios y emparentada con la política local y el menudeo de votos en época de elecciones.

La exvicepresidenta y su esposo insisten en que solo 540 metros son públicos, como si esa cantidad menor excusara la usurpación de un bien ajeno.

En 2014, la Gobernación de San Andrés les ordenó a los Gallardo la restitución de esa playa y les impuso una sanción por haber construido un camino de cemento sobre la línea costera. Pero los implicados no se dieron por aludidos y negociaron el predio con Hitos Urbanos, empresa de la que son socios la exvicepresidenta y su esposo. Todo ha ido a peor. Once años después, el gobernador de la isla es Nicolás Iván Gallardo Vásquez, lo que les facilita a los implicados burlar la orden de devolución de lo que se robaron.

El actual gobernador es sobrino de Julio Gallardo, condenado a cinco años de prisión por hacer parte del Cartel de la Toga, la empresa criminal denunciada en 2017 y que involucraba a magistrados de la Corte Suprema de Justicia con abogados de delincuentes que pagaban fortunas a cambio de alteración de procesos, desaparición de evidencias, desviación de investigaciones y dilación de juicios, todas marrullas criminales para precipitar fallos favorables, de total impunidad.

Los Gallardo, seguros de su poder, desatendieron la orden de devolución de esa playa de 540 metros cuadrados y la anexaron al lote de 3.672 metros cuadrados que le cedieron  a Hitos Urbanos para su desarrollo hotelero. La empresa constructora la reclamó como suya en 2017, mediante escritura pública. Pero no hay discusión, por más que Marta Lucía Ramírez y Álvaro Rincón aleguen lo contrario: la playa del ostentoso hotel del que son socios está sobre un terreno robado a la nación.

Los Gallardo, seguros de su poder, desatendieron la orden de devolución de esa playa de 540 metros cuadrados y la anexaron al lote de 3.672 metros cuadrados que le cedieron a Hitos Urbanos para su desarrollo hotelero.

Así lo demostró el estudio de factibilidad financiera de un banco cuyos expertos concluyeron que la escritura de esa playa era fraudulenta y que estaba viciada desde 1966 y 1967, años en los que el entonces presidente de la república, Carlos Lleras Retrepo, transfirió tierras que emergieron con el relleno de un pantano: «Entonces se concluye que la inscripción de esa escritura —la actual en cuestión— corresponde a la de un acto de transferencia de un derecho incompleto que se hizo a favor de una persona, por parte de quien carecía de dominio sobre determinado inmueble».

Los dueños de Hitos Urbanos reconocen que ellos conocían ese informe. Sin embargo se lo ocultaron a los inversores de su hotel, a quienes les terminaron vendiendo un proyecto con una playa que es un bien público. Respecto de la supuesta titularidad del predio, el informe de los peritos financieros es concluyente: «No permite ejecutar actos de señor y dueño tales como enajenar el derecho real de dominio, englobar, constituir servidumbres, propiedad horizontal, entre otros. Para su saneamiento se requiere de escritura pública, decisión judicial o administrativa en los términos legalmente establecidos, según el caso».

El Grand Sirenis linda con el mar Caribe y eso lo ahoga. Así lo registraron los analistas del banco: «Se trata de un hecho relativo a zona de uso público como son las playas, las cuales son bienes imprescriptibles e inalienables y sabido es que ningún predio particular linda con el mar». El Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente dice que «una faja paralela a la línea de mareas máximas hasta de treinta metros de ancho —tenga o no playa— es un bien inalienable e imprescriptible del Estado; y no existe un derecho adquirido por particulares».

El Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente dice que «una faja paralela a la línea de mareas máximas hasta de treinta metros de ancho —tenga o no playa— es un bien inalienable e imprescriptible del Estado; y no existe un derecho adquirido por particulares».

El Decreto Ley 2324 es irrebatible, también. Establece que «playas, terrenos de bajamar y aguas marítimas son bienes de uso público, por lo tanto, intransferibles a cualquier título a los particulares quienes solo podrán obtener concesiones, permisos o licencias para su uso y goce de acuerdo a la ley y las disposiciones del presente Decreto. En consecuencia, tales permisos o licencias no confieren título alguno sobre el suelo ni subsuelo». 

Aunque con la playa no ha pasado nada, con el hotel sí. En junio de 2023, el Tribunal Administrativo de San Andrés ordenó la demolición de los pisos 7 y 8. Ahora mismo, el proceso está en el Consejo de Estado, una de las altas cortes del poder judicial en Colombia, cercano a las influencias corruptas de Julio Eugenio Gallardo Archbold, jefe del clan Gallardo y condenado en 2022 por la Corte Suprema de Justicia por sobornar a Luis Gustavo Moreno, fiscal anticorrupción, a su vez condenado por corrupción. 

La exvicepresidenta y su esposo esperan confiados. Uno de los oficios recientes de ella es como columnista de opinión sobre temas diversos, asuntos de buen gobierno, participación ciudadana, transparencia pública y protección del medioambiente. 

«¡Colombianos es momento de actuar! No podemos seguir distraídos en el espectáculo semanal del Gobierno mientras el país se hunde en el caos institucional, económico y de seguridad. La falta de transparencia, el desprecio por la ley y el irrespeto a las instituciones no pueden ser la norma», escribió hace unas semanas, debajo de una fotografía suya sonriente, sin vergüenza, vestida con un traje rosa, del mismo color de sus labios maquillados.

La lupa sobre una licencia viciada

El 28 de marzo del 2016, Hitos Urbanos, la empresa de la que son socios la exvicepresidenta Ramírez y su esposo, solicitó la licencia de construcción del Grand Sirenis, la cual fue aprobada bajo la Resolución 4864, del 8 de noviembre del 2016, expedida cuando el gobernador era Ronald Housni Jaller, quien no pudo terminar su periodo y fue condenado por corrupción. La sentencia del Tribunal Administrativo de San Andrés demuestra que esa licencia tiene tantos vicios como colores tiene el mar que circunda la isla. Y hasta más. Los vicios pueden enumerarse del uno al diez.

 

  1. La Gobernación nunca debió aprobar dos pisos de más en esta resolución, pues el Plan de Ordenamiento de San Andrés, que está vigente mediante los decretos 325 del 2003 y 363 del 2007, respecto de las alturas máximas establecidas, prohíbe las construcciones que sobrepasen los seis pisos en el sector de Punta Hansa: «Así, sin siquiera mencionar disposición normativa alguna, la autoridad administrativa sencillamente desechó el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Territorial vigente y con un lenguaje que bien puede ser calificado de coloquial, simplemente señaló que había edificaciones en esa misma unidad de planificación con mayor número de pisos, por lo que en este caso era viable autorizar la construcción de ocho pisos», sentencia el Tribunal Administrativo de San Andrés. 
  2. Para justificar la violación del Plan de Ordenamiento Territorial, la Secretaría de Planeación apeló al principio de neutralidad establecido en la Ley 388 de 1997. Esto es: si otras construcciones han violado el Plan de Ordenamiento Territorial, cualquier también puedo hacerlo. Según lo señalado por los magistrados, el principio de neutralidad aplica cuando hay un derecho adquirido, lo cual no es el caso, pues el Plan de Ordenamiento Territorial de San Andrés tiene sustento en dos decretos el de 2003 y el de 2007 y la licencia de construcción del Grand Sirenis tiene fecha de 2016, trece años después. No pueden alegar los constructores, como reclama el Tribunal, que no conocían la norma urbanística vigente al momento de solicitar la licencia. 
  3. Hitos Urbanos pagó 788 millones de pesos de impuestos «en cuotas y después de expedida la licencia» en noviembre de 2016. Eso supone otra irregularidad, pues la ley establece que los impuestos se paguen antes de la expedición de la licencia. Los empresarios lo hicieron en diez meses y «el ente territorial no hizo nada al respecto convalidando la actuación irregular».
  4. La Gobernación tenía que exigirle a la constructora una zona de compensación para el disfrute y goce de los isleños. No lo hizo: «La improvisación de la autoridad administrativa al considerar la supuesta procedencia del principio de neutralidad se demuestra en el hecho que el acto primigenio, esto es, la Resolución No. 4864 de 2016 ni siquiera estableció la compensación a que habría lugar en virtud del aumento del número de pisos que se autorizó».
  5. Para sorpresa de los sanandresanos, los constructores ganaron por partida doble, pues cedieron un terreno que queda justo al frente de un edificio donde, para ese momento, tenían apartamento Marta Lucía Ramírez, su esposo y los socios de Hitos Urbanos, quienes aseguran que la exvicepresidenta y su pareja sí tuvieron esa propiedad, pero solo hasta 2021. 
  6. La cesión la hicieron el 5 de abril de 2022, dos semanas después de las pesquisas  publicadas en Caracol Radio por el titular de esta investigación, y dos años y cinco meses después de la resolución de 2019 que subsanó, supuestamente, los vicios de la licencia de 2016.
  7. Como la licencia de construcción, la cesión que hizo Hitos Urbanos a la isla también tiene irregularidades. Los magistrados Noemí Carreño Corpus, Jesús Guillermo Guerrero González y José María Mow Herrera encontraron que la compensación no produjo ningún beneficio para la isla, pues los constructores cedieron el predio, «pero no hay prueba del más mínimo adelanto para la construcción del escenario deportivo, que también estaban obligados a entregar a título de compensación».
  8. Por otro lado, alegan los magistrados, el predio que cedieron los constructores «fue de propiedad de la antigua Intendencia Especial hoy departamento Archipiélago». Como en la playa del hotel, estamos ante un bien público que terminó en manos de privados y que seguirá en sus manos, pues con esta sentencia ya no habrá polideportivo y se revierte la cesión del predio. 
  9. En la sentencia también se narra un hecho revelador en el trámite de la solicitud de modificación de la licencia que presentó Hitos Urbanos en abril de 2019: «Los ingenieros que conforman la unidad técnica de la Secretaría de Planeación, rindieron concepto técnico de memoria de cálculo y planos estructurales presentados, manifestando no dar visto bueno a la solicitud de modificación de la licencia de construcción en la modalidad de obra nueva, demolición total y cerramiento, por no tener los cálculos estructurales en debida forma».
  10. La Secretaría de Planeación les negó la solicitud de modificación, con la que Hitos Urbanos pretendía subsanar los vicios de la licencia, pero les allanó el camino para que la constructora corrigiera los defectos de la solicitud y apelara. Lo hicieron el 9 de mayo de 2019 y el 25 de octubre de 2019, de un plumazo, la Secretaría «subsanó» las irregularidades de la licencia de 2016 exigiéndoles el área de compensación para la isla: 3.220,25 metros cuadrados a favor del departamento y la construcción de «una cancha polideportiva multifuncional». Según el Tribunal, la licencia no podía violar el Plan de Ordenamiento Territorial y por ende no se podía ordenar ninguna compensación para subsanar esa irregularidad.

     

    La Gobernación de Everth Julio Hawkins Sjogreen, crítico del proyecto hotelero durante la campaña de 2019, intervino en ete proceso el 7 de febrero de 2022, avalando la violación al Plan de Ordenamiento Territorial de su departamento. La máxima autoridad política de la isla argumentó que en la zona había edificios de nueve pisos: «En tal sentido, los ocho pisos que presenta el proyecto son viabilizados». Y el gobernador cierra con una frase para enmarcar: «Es preciso manifestarle que, la presente Administración, no dio aplicación al principio de neutralidad en las licencias posteriormente otorgadas, dentro del actual periodo de Gobierno».

El silencio como respuesta

A propósito de esta investigación, CasaMacondo le formuló estas preguntas a Marta Lucía Ramirez

  1. ¿Qué tanto influyó su condición de vicepresidente de la república, en concreto el poder político y económico vinculado a su investidura, para que el robo de esa playa en San Andrés pudiera consumarse sin que ninguna autoridad lo evitara? 
  2. ¿Cómo les justificaron a los socios de su empresa familiar, a quienes invirtieron en el hotel Grand Sirenis, el ocultamiento de los estudios de factibilidad financiera que concluyeron que la escritura de esa playa negociada por usted y su esposo era fraudulenta y estaba viciada?
  3. Hace once años, la Gobernación de San Andrés le ordenó al clan de los Gallardo la restitución de esa playa y les impuso una sanción por haber construido un camino de cemento sobre la línea costera. Pero ellos no se dieron por aludidos y negociaron el predio con usted y su esposo. ¿A cuánto asciende la inversión que hicieron en el conjunto de esa construcción?  
  4. El Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente dice que «una faja paralela a la línea de mareas máximas hasta de treinta metros de ancho —tenga o no playa— es un bien inalienable e imprescriptible del Estado; y no existe un derecho adquirido por particulares». ¿Cuál es su argumento jurídico para controvertir esa definición taxativa? 
  5. ¿Entre los socios inversionistas de su proyecto hotelero hay periodistas reconocidos, directores de medios de comunicación? 
  6. Usted es una entusiasta redactora de columnas de opinión sobre buen gobierno, participación ciudadana, transparencia pública y protección del medioambiente. ¿No le parecen vacías de cualquier autoridad esas reflexiones estando involucrada en el robo de una playa?
  7. El gobierno de San Andrés está rodeado de un mar de corrupción, está probado. ¿Cree que, no obstante las denuncias hechas por CasaMacondo, el Consejo de Estado les dará la razón a ustedes y salvará el hotel Grand Sirenis?
Propiedes advertencias

Los bienes detallados en esta investigación periodística no son los únicos que ostentan sus propietarios. Sin embargo, el número de ellos, sumado a su historial, los montos de compra y las dinámicas de negociación, resulta útil para un análisis sobre el poder de quienes nos gobiernan y el cúmulo de su riqueza.

En CasaMacondo creemos que nadie está exento del escrutinio periodístico, menos aún los presidentes y vicepresidentes de la república. En teoría, por la dignidad de sus cargos, ellos constituyen el horizonte moral de la nación.

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Monopolítica Casa Macondo 22