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Denuncia
En el Día del Periodista, jueza censura investigación de CasaMacondo sobre presidente de la Corte Constitucional
Mediante un fallo de segunda instancia, la funcionaria decide proteger el prestigio de Jorge Enrique Ibáñez Najar y ordena eliminar la evidencia documental que compromete la integridad ética del magistrado más poderoso del país, bajo el argumento de resguardar su buen nombre.
Por | Ilustración: Leo Parra

Share Censura Investigación Jorge Enrique Ibáñez
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La jueza primera Penal del Circuito de Neiva, Catalina María Manrique Calderón, ordenó el retiro de la investigación periodística de CasaMacondo que reveló en exclusiva las contradicciones del presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez Najar, sobre el hijo al que le negó la paternidad, pese a su condición de magistrado y entusiasta defensor —en teoría y mediante sentencias— del derecho de los niños al reconocimiento filial.

La orden de la jueza fue notificada el día que en Colombia se celebra la fiesta del periodista, en recuerdo del Papel Periódico de Santafé de Bogotá, el primer medio de comunicación impreso del país, fundado el 9 de febrero de 1791 por Manuel del Socorro Rodríguez. Es una coincidencia azarosa que acentúa el carácter desafortunado del mandato legal que, en un plazo de cinco días, nos obliga a ocultar una investigación periodística.

Acatamos el fallo, pero lo cuestionamos de fondo. Se trata de un acto de evidente censura contra la libertad de prensa. Lo publicado por CasaMacondo es un riguroso trabajo de indagación y contextualización que examina la obligatoriedad de un magistrado de rendir cuentas ante la ciudadanía por actos que comprometen su integridad y la del sistema judicial. Nuestra investigación no surgió de la curiosidad personal o de un interés desmedido por la vida privada de un funcionario público. El detonante fue un hallazgo procesal.

El 16 de agosto de 2025, CasaMacondo publicó la primera entrega de la serie «El hijo negado de Ibáñez», a partir de la desaparición —física y digital— de un expediente de filiación. En dicho proceso, un juez de familia de Ibagué declaró, con fundamento en una prueba genética del 99,99 % de certeza, que Jorge Enrique Ibáñez Najar era el padre extramatrimonial de Jorge Enrique Salas Robles.

El hijo había nacido en 1982, cuando Ibáñez ya era un joven profesional con proyección pública. Sin embargo, la justicia concluyó años después que el padre manipuló a la madre para evitar la demanda formal, privilegiando su carrera política y jurídica. CasaMacondo reveló el acuerdo informal que durante dos décadas proveyó al hijo negado de un auspicio económico a cambio de su silencio y de la renuncia al apellido que la justicia finalmente le había reconocido.

La desaparición del expediente en 2021, precisamente cuando el hijo intentaba reclamar el uso del apellido paterno, transformó un conflicto de carácter privado en un asunto de relevancia pública. Tras la labor periodística de CasaMacondo, el cartapacio de hojas reapareció, pero su extravío y la posterior investigación penal archivada justificaron preguntas sobre la integridad institucional del sistema judicial. Ese contexto justificó el escrutinio periodístico.

¿Un fallo fallido?

El sustento de la orden judicial impartida por la jueza Catalina María Manrique Calderón es la entrevista concedida por Jorge Enrique Ibáñez Najar al periodista Juan Pablo Barrientos el 13 de agosto de 2025. El magistrado ha intentado sostener que esa fue una conversación informal, grabada sin autorización. Los hechos demuestran lo contrario.

El magistrado sabía que hablaba con un periodista de investigación, conocía el objeto de su llamada y la naturaleza de su indagación. Su conducta posterior es reveladora: unas horas después llamó para pedir que una parte de sus declaraciones no fuera publicada. Ese gesto es de quien, avisado y consciente de un entorno de indagación periodística, busca evitar la publicación de lo expresado. En esa entrevista, el magistrado intentó justificar la negación de su paternidad con una versión asombrosa: dijo haber sido drogado y abusado sexualmente por la madre de su primogénito.

Nuestra función no es amplificar acusaciones sino confrontarlas, y el relato del entonces presidente de la Corte Constitucional resultó plagado de inconsistencias documentales. Sin embargo, en el aparte más escandaloso del fallo, la jueza deja claro que su prioridad es el confort del poder. Afirma sin rubor que «el juicio de reproche debe trasladarse hacia el medio de comunicación» porque, a su juicio, el periodista desbordó su ética al situar al magistrado en un «espacio de confianza» para luego suministrar información personalísima y «decidir someter al escarnio público dichos asuntos». Así, la sentencia pretende convertir el ejercicio periodístico de indagación en una supuesta emboscada a la confianza privada. La jueza no parece saberlo, y habrá que explicárselo:

En el periodismo, las reglas de atribución no son un asunto de cortesía sino protocolos técnicos. El on the record, publicable y atribuible; el off the record, información no publicable bajo pacto previo; y el on background, uso de información sin citar la fuente. La jueza Catalina María Manrique Calderón ignora que la confidencialidad no es retroactiva. Un funcionario no puede entregar declaraciones y, al verse comprometido por sus palabras, decretar que la conversación fue privada. Pretender que el periodista deba proteger al poderoso de sus propios exabruptos bajo el concepto de «confianza» es exigir complicidad en lugar de fiscalización.

Juez mordaza

La censura impuesta por la jueza Catalina María Manrique Calderón priva a la ciudadanía de evaluar la consistencia entre el discurso institucional del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar —quien ha defendido judicialmente la protección de la identidad y los derechos filiales— y su comportamiento personal frente a un caso que involucra exactamente esos principios. El debate no es sobre un asunto familiar, sino sobre la transparencia en el ejercicio del poder.

La contradicción de la jueza es estruendosa. En el mismo fallo donde nos ordena callar, decide exhortar al magistrado Ibáñez Najar para que observe un especial deber de «prudencia y reserva», recordándole que sus manifestaciones desde una «alta investidura» tienen un impacto significativo en los derechos de otros. Si la jueza admite que las palabras del magistrado tienen tal impacto institucional, está reconociendo —así intente ocultarlo— que sus declaraciones son de interés público.

Catalina María Manrique Calderón pretende obrar en favor de la madre y del hijo al señalar a CasaMacondo como responsable de un daño reputacional. Jorge Enrique Salas Robles y Yolanda Inés Robles han manifestado su respaldo a lo publicado por este medio. Para las víctimas, la vulneración proviene de las declaraciones del magistrado, no del ejercicio periodístico que las reveló. Al censurarnos, la justicia no protege la intimidad de un hombre; protege la incoherencia de un magistrado que en sus fallos defiende el derecho a la filiación, pero en su vida privada la desprestigia para evadir su responsabilidad. 

Acatamos la orden de la jueza y retiraremos la investigación de nuestros canales. Lo hacemos bajo protesta. Ese fallo sienta un precedente peligroso: desde hoy, cualquier poderoso podrá alegar que sus difamaciones son «privadas», para evitar la confrontación de la prensa.

Una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos lo advierte con elocuencia: «Aquellas personas que influyen en cuestiones de interés público se han expuesto voluntariamente a un escrutinio público más exigente y, consecuentemente, en ese ámbito se ven sometidos a un mayor riesgo de sufrir críticas, ya que sus actividades salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público».

De momento, la justicia ha decidido proteger el prestigio del ex presidente de la Corte Constitucional sobre el derecho a la información. CasaMacondo, en un gesto de coherencia con sus audiencias y de integridad con su labor misional, elevará este caso a las máximas instancias jurídicas del país y de la justicia internacional. En el Día del Periodista, el gesto de la jueza primera Penal del Circuito de Neiva, Catalina María Manrique Calderón, ha sido una mordaza.

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