Nicolás Gallardo Vásquez es el candidato a la Gobernación de San Andrés de la familia Gallardo, la más acaudalada, influyente y temida de la isla. Hace cuatro años, el delfín político se ahogó en la orilla con 10.286 votos, 3.710 menos que el ganador de esa contienda, Everth Julio Hawkins, actual mandatario. En esos días de octubre del 2019, la necesidad de asegurar el control administrativo de la isla no era tan apremiante como ahora, después de que la justicia ha puesto la lupa sobre los excesos urbanísticos de los Gallardo en uno de sus bienes más recientes, del que son socios: el hotel Grand Sirenis. 

Se trata de un negocio de cuarenta y cinco millones de dólares —más de doscientos mil millones de pesos—, una fortuna en la que han sumado dinero la Alianza Fiduciaria, Oxo Hotel e Hitos Urbanos, firma de la que son socios la exvicepresidenta Marta Lucía Ramírez y Álvaro Rincón, su esposo. Entre los aportantes aparece también la familia Gallardo, propietaria del terreno donde se elevó el hotel. Ellos son miembros del Partido Liberal y aliados políticos de Mario Castaño, congresista condenado a quince años y once meses de cárcel por liderar una red de corrupción que se extendió por varios departamentos. 

Parece claro que uno de los frentes de la lucha de los Gallardo por la Gobernación de San Andrés será por la supervivencia del Grand Sirenis, de sus 324 habitaciones y de su playa privada que, como está demostrado, es un bien de uso público. Para horror de los inversores, la reciente sentencia del Tribunal Administrativo de San Andrés, revelada en primicia el 16 de junio por CasaMacondo, ordena la demolición de los pisos 7 y 8 del complejo hotelero que está a pocos días de su fiesta inaugural y que ya se anuncia en los grandes medios de comunicación. En su fallo, los magistrados advierten que tal demolición la debe hacer «de manera voluntaria» el constructor o, en su defecto, «la administración departamental». 

Si el Consejo de Estado confirma la sentencia del Tribunal Administrativo de San Andrés y la empresa constructora no demuele los pisos 7 y 8 de las tres torres —que muy seguramente estarán funcionando para cuando se produzca un fallo definitivo— la demolición y el vertimiento de los escombros será responsabilidad del próximo gobernador de la isla, que bien podría ser Nicolás Gallardo, socio del Grand Sirenis, el candidato que más les conviene a  la exvicepresidenta Marta Lucía Ramírez, su marido y los demás inversores del proyecto hotelero.

La licencia viciada

El 28 de marzo del 2016, Hitos Urbanos solicitó la licencia de construcción del Grand Sirenis, la cual fue aprobada por veinticuatro meses, bajo la Resolución 4864, del 8 de noviembre del 2016, expedida cuando el gobernador era Ronald Housni Jaller, quien no pudo terminar su periodo y fue condenado por corrupción. La sentencia del Tribunal Administrativo de San Andrés demuestra que esa licencia tiene tantos vicios como colores tiene el agua cristalina de la isla. Los vicios pueden enumerarse del uno al diez.

  1. La Gobernación nunca debió aprobar dos pisos de más en esta resolución, pues el Plan de Ordenamiento de San Andrés, que está vigente mediante los decretos 325 del 2003 y 363 del 2007, respecto de las alturas máximas establecidas, prohíbe las construcciones que sobrepasen los seis pisos en el sector de Punta Hansa: «Así, sin siquiera mencionar disposición normativa alguna, la autoridad administrativa sencillamente desechó el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Territorial vigente y con un lenguaje que bien puede ser calificado de coloquial, simplemente señaló que había edificaciones en esa misma unidad de planificación con mayor número de pisos, por lo que en este caso era viable autorizar la construcción de ocho pisos», sentencia el Tribunal Administrativo de San Andrés. 
  1. Para justificar la violación del POT, la Secretaría de Planeación apeló al principio de neutralidad establecido en la Ley 388 de 1997. Esto es, palabras más, palabras menos: si otras construcciones han violado el POT, yo también puedo hacerlo. Según lo señalado por los magistrados, el principio de neutralidad aplica cuando hay un derecho adquirido, lo cual no es el caso, pues el POT de San Andrés tiene sustento en dos decretos del 2003 y el 2007 y la licencia de construcción del Grand Sirenis tiene fecha del 2016, trece años después de la expedición del POT. No pueden alegar los constructores, como reclama el Tribunal, que no conocían la norma urbanística vigente al momento de solicitar la licencia. 
  1. Hitos Urbanos pagó 788 millones de pesos de impuestos «en cuotas y después de expedida la licencia» en noviembre del 2016. Eso supone otra irregularidad, pues la ley establece que los impuestos se paguen antes de la expedición de la licencia. Los empresarios lo hicieron en diez meses y «el ente territorial no hizo nada al respecto convalidando la actuación irregular».
  1. La Gobernación tenía que exigirle a la constructora una zona de compensación para el disfrute y goce de los isleños. No lo hizo: «La improvisación de la autoridad administrativa al considerar la supuesta procedencia del principio de neutralidad se demuestra en el hecho que el acto primigenio, esto es, la Resolución No. 4864 de 2016 ni siquiera estableció la compensación a que habría lugar en virtud del aumento del número de pisos que se autorizó».
  1. Para sorpresa de los sanandresanos, los constructores ganaron por partida doble, pues cedieron un terreno que queda justo al frente de un edificio donde, para ese momento, tenían apartamento Marta Lucía Ramírez, su esposo y los socios de Hitos Urbanos, quienes aseguran que la exvicepresidenta y su pareja sí tuvieron esa propiedad pero hasta el 2021. 
  1. La cesión la hicieron el 5 de abril del 2022, dos semanas después de la investigación publicada en Caracol Radio y dos años y cinco meses después de la resolución del 2019 que subsanó, supuestamente, los vicios de la licencia del 2016.
  1. Como la licencia de construcción, la cesión que hizo Hitos Urbanos a la isla también tiene irregularidades. Los magistrados Noemí Carreño Corpus (ponente), Jesús Guillermo Guerrero González y José María Mow Herrera encontraron que la compensación no generó ningún beneficio para la isla, pues los constructores cedieron el predio, «pero no hay prueba del más mínimo adelanto para la construcción del escenario deportivo, que también estaban obligados a entregar a título de compensación».
  1. Por otro lado, alegan los magistrados, el predio que cedieron los constructores «fue de propiedad de la antigua Intendencia Especial hoy departamento Archipiélago». Como en la playa del hotel, estamos ante un bien público que terminó en manos de privados y que seguirá en sus manos, pues con esta sentencia ya no habrá polideportivo y se revierte la cesión del predio. 
  1. En la sentencia también se narra un hecho bastante revelador en el trámite de la solicitud de modificación de la licencia que presentó Hitos Urbanos en abril del 2019: «Los ingenieros que conforman la unidad técnica de la Secretaría de Planeación, rindieron concepto técnico de memoria de cálculo y planos estructurales presentados, manifestando no dar visto bueno a la solicitud de modificación de la licencia de construcción en la modalidad de obra nueva, demolición total y cerramiento, por no tener los cálculos estructurales en debida forma».
  1. La Secretaría de Planeación les negó la solicitud de modificación, con la que Hitos Urbanos pretendía subsanar los vicios de la licencia, pero les allanó el camino para que la constructora corrigiera los defectos de la solicitud y apelara. Lo hicieron el 9 de mayo del 2019 y el 25 de octubre del 2019, de un plumazo, la Secretaría «subsanó» las irregularidades de la licencia del 2016 exigiéndoles el área de compensación para la isla: 3.220,25 m2 a favor del departamento y la construcción de «una cancha polideportiva multifuncional». Según el Tribunal, la licencia no podía violar el POT y por ende no se podía ordenar ninguna compensación para subsanar esa irregularidad.

Advierte el Tribunal que igual ya nada importa, pues esta sentencia ordena demoler los dos pisos de las tres torres por los que tenían que compensar y por eso «la compensación ordenada quedará sin efectos en virtud de la declaratoria de nulidad parcial de esta sentencia».

La Gobernación de Everth Julio Hawkins Sjogreen, crítico del proyecto hotelero durante la campaña del 2019, intervino en este proceso el 7 de febrero del 2022 avalando la violación al POT de su departamento. La entidad argumentó que en la zona incluso hay edificios de nueve pisos: «En tal sentido, los 8 pisos que presenta el proyecto son viabilizados». Y cierra con una frase para enmarcar: «Es preciso manifestarle que, la presente Administración, no dio aplicación al principio de neutralidad en las licencias posteriormente otorgadas, dentro del actual periodo de Gobierno».

El proceso llegará al Consejo de Estado, una de las altas esferas del poder judicial de Colombia por las que ya se ha movido el jefe del clan Gallardo, Julio Eugenio Gallardo Archbold, condenado en el 2022 por la Corte Suprema de Justicia por entregarle dinero a Luis Gustavo Moreno, fiscal anticorrupción, condenado por corrupción, para torcer sentencias en el escándalo conocido como «El Cartel de la Toga».

Las solicitudes de corrección de las irregularidades de la licencia del 2016, que hoy reprocha el Tribunal Administrativo, llegaron en octubre del 2018, cuando Hitos Urbanos envió varias a la Secretaría de Planeación, y fueron resueltas en el 2019 bajo el mando del almirante Juan Francisco Herrera, gobernador encargado de la isla y a quien Marta Lucía Ramírez acompañó a su posesión el 24 de marzo del 2019.

Espere en la próxima entrega: el conflicto de intereses de Marta Lucía Ramírez.

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