Menú Cerrar
Investigación

El proceso contra Abelardo de la Espriella que fue archivado silenciosamente bajo la supervisión de Francisco Barbosa

Tres meses después de posesionarse, el entonces fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa, incorporó un expediente por lavado de activos a las asignaciones especiales de su despacho. Diecisiete meses después la investigación fue archivada.
Por | Ilustración: Leo Parra
Portada El proceso de Abelardo
Compartir

El narcotraficante Juan Carlos Sierra, alias «El Tuso», declaró que Abelardo de la Espriella le había exigido un millón de dólares para gestionar su reingreso al proceso de Justicia y Paz, promovido por el entonces presidente Álvaro Uribe Vélez, quien lo había excluido antes de ordenar su extradición a los Estados Unidos, en 2008. La declaración acusatoria del narcotraficante contra el abogado ocurrió el 8 de junio de 2010, ante la Corte Suprema de Justicia. 

Según «El Tuso», Abelardo de la Espriella ofrecía a Mario Iguarán, entonces fiscal general de la Nación, y a Sabas Pretelt de la Vega, entonces ministro del Interior, como intermediarios para lograr su reintegro al proceso de paz y a los beneficios jurídicos, como la reducción de penas y una eventual repatriación a Colombia. El narcotraficante declaró ante los magistrados que alcanzó a entregar doscientos millones de pesos al abogado como anticipo por sus gestiones, unos cien mil dólares de la época. 

Juan Carlos Sierra Ramírez declaró que, además, De la Espriella organizó una recolecta de 4.000 millones de pesos entre los jefes paramilitares Don Berna, Macaco y Salvatore Mancuso, recluidos en la cárcel de Itagüí, para sobornar a magistrados de la Corte Constitucional. El objetivo de ese dinero era lograr que los máximos jefes de las Autodefensas Unidas de Colombia fueran calificados como delitos políticos, es decir como sedición, en lugar de concierto para delinquir, una distinción que habría reducido drásticamente las penas y ampliado los beneficios del paramilitarismo. 

Ni la existencia de la recolecta ni el destino de ese dinero fueron esclarecidos judicialmente. De la Espriella lo negó todo. Su versión de los hechos, sostenida sin variación a lo largo de los años, es que el único dinero que recibió del entorno de «El Tuso» correspondía a honorarios profesionales: sesenta millones de pesos, de los ciento veinte que acordaron por un concepto jurídico sobre la improcedencia de su exclusión de Justicia y Paz. 

Según el abogado, el concepto lo elaboró su firma, Lawyers Enterprise Ltda., a pedido de un intermediario llamado Oscar Leonardo Montealegre, y «El Tuso»  nunca le pagó el saldo. De acuerdo con De la Espriella, las acusaciones del narcotraficante  en su contra son una retaliación porque lo había increpado públicamente en la cárcel de La Ceja, Antioquia, para exigirle el monto pendiente. Esa confrontación, en el comedor del penal, fue corroborada por varios jefes paramilitares, según consta en el expediente judicial.

La Corte Suprema de Justicia compulsó copias a la Fiscalía para que investigara si Abelardo de la Espriella, en efecto, había recibido ese dinero de origen ilícito, producto del narcotráfico y de crímenes de lesa humanidad. Así comenzó la cadena de actuaciones judiciales que, años después, decidió sepultar la Fiscalía General de la Nación, bajo la supervisión directa del exfiscal Francisco Barbosa.

Los dos sistemas

Hay una distinción procesal que está en el centro de esta historia y que no ha sido explicada en la cobertura previa del caso.

Durante años coexistieron dos sistemas penales en Colombia. El primero, regulado por la Ley 600 de 2000, era el sistema inquisitivo: la Fiscalía actuaba simultáneamente como investigadora y como juez. El segundo sistema, regulado por la Ley 906 de 2004, es el acusatorio: la Fiscalía investiga y acusa, y los jueces deciden. Este último se introdujo gradualmente desde 2005 y rige la mayoría de los procesos actuales.

Cuando la Corte Suprema compulsó copias sobre De la Espriella en 2010, los procesos históricos de parapolítica estaban cobijados por la Ley 600. Pero la Unidad de Lavado de Activos, encargada de investigar el origen del dinero, abrió un expediente nuevo bajo la Ley 906. El resultado fue que, sobre los mismos hechos, avanzaron  en paralelo dos expedientes distintos, en dos fiscalías distintas, bajo dos leyes distintas, con tipos penales distintos.

Los dos expedientes

El primer expediente —radicado SIJUF 417, bajo la Ley 600— llegó a la Dirección Nacional Especializada contra el Terrorismo y la Parapolítica. Los delitos investigados eran concierto para delinquir agravado, enriquecimiento ilícito y estafa agravada. El 24 de diciembre de 2014, día de los regalos de Navidad, la Fiscalía Sexta Especializada precluyó la investigación. 

Sin embargo, la Procuraduría, representada por Patricia Cantor Molina, interpuso recurso de apelación. En su opinión, el caso ameritaba una investigación exhaustiva. Así que el expediente continuó abierto.

El 28 de febrero de 2017, el fiscal Carlos Hernando Cuervo Cruz profirió resolución inhibitoria, una decisión que ni siquiera abre formalmente la investigación porque el fiscal considera que no hay mérito para hacerlo. El argumento central no fue que De la Espriella fuera inocente en sentido material. Según el funcionario, el abogado estaba cobijado por el principio «non bis in ídem», el cual advierte que nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos. De acuerdo con ese criterio, el procesado había estado sometido durante más de cinco años a una «interdicción jurídica» sobre hechos que ya habían sido objeto de decisiones anteriores con presunción de acierto y legalidad. Se refería a la decisión del 24 de diciembre de  2014. 

El propio fiscal señaló en la resolución que si la Fiscalía quería desconocer esas providencias, el camino no era abrir nuevas investigaciones sino interponer una demanda de revisión ante el Tribunal Superior. Pero no lo hizo. La resolución quedó en firme el 24 de marzo de 2017. 

Según un comunicado de prensa de la campaña de De la Espriella, «el proceso más reciente, adelantado por la Fiscalía 6 Especializada de la Unidad Nacional contra el Terrorismo, bajo radicado No. 417, culminó con resolución inhibitoria del 28 de febrero de 2017». La campaña concluye que todas las investigaciones «fueron archivadas a favor de De La Espriella» y que los señalamientos «están judicialmente superados». Pero ese comunicado no menciona lo que ocurrió en 2021. Lo omite por completo. 

La intervención de Barbosa

Mientras el expediente SIJUF 417 —por los delitos de concierto para delinquir agravado, enriquecimiento ilícito y estafa agravada— avanzaba bajo la Ley 600, un segundo expediente seguía abierto, tramitado bajo Ley 906 ante la Dirección Especializada Contra el Lavado de Activos. El sindicado era, de nuevo, Abelardo Gabriel de la Espriella Otero, el hoy candidato presidencial.

El expediente tuvo actividad judicial entre julio y septiembre de 2015, cuando pasó por cuatro juzgados penales municipales de garantías de Bogotá. La consulta del sistema de la Rama Judicial registra además dos actuaciones restringidas, cuyo contenido no es público. Después de septiembre de 2015, el expediente quedó congelado durante casi cinco años, en espera de un impulso procesal.

El listado de asignaciones especiales del despacho del fiscal general registra ese expediente con la resolución especial 623, fechada el 27 de mayo de 2020. Francisco Barbosa había tomado posesión tres meses antes, el 17 de febrero de 2020. Las asignaciones especiales son casos que el fiscal general decide mantener bajo seguimiento directo de su despacho. El caso fue asignado al fiscal Luis Fernando Merchán Gutiérrez.

La única actuación registrada en ese período fue una entrevista practicada el 24 de junio de 2020. Después de esa fecha, el expediente no registró ninguna actividad durante más de quince meses.

El 6 de septiembre de 2021, Merchán pidió realizar una inspección judicial en el archivo de la Unidad SECOC  —que custodia los expedientes de la antigua Dirección contra el Terrorismo— para recuperar documentos del SIJUF 417, el expediente bajo la Ley 600 archivado desde 2017. 

El objetivo de la inspección era obtener copias auténticas de la resolución inhibitoria de 2017, de los elementos materiales probatorios que la sustentaron, de la preclusión de 2014, y constancias de ejecutoria de ambas actuaciones. Es decir: revisar con lupa las decisiones que ya habían favorecido al acusado, Abelardo de la Espriella.

El 21 de septiembre, el investigador del CTI Jonhattan Daniel Kopp entregó su informe. En el documento reprodujo en detalle el contenido de ambas resoluciones, incluidos los apartados en los que el fiscal Carlos Hernando Cuervo Cruz argumentó el «non bis in ídem», el debido proceso y la prolongada interdicción jurídica como razones para archivar el proceso en 2017. 

El 12 de noviembre de 2021, cincuenta y dos días después de que el investigador rindiera su informe, Luis Fernando Merchán Gutiérrez archivó el proceso por considerar la conducta atípica, según registra el sistema interno de la institución. El titular de la Fiscalía 13 Especializada, quien firmó el archivo, es hermano de Manuel Antonio Merchán Gutiérrez, magistrado de la sala del Tribunal Superior de Bogotá que, en octubre de 2025, revocó la condena de doce años contra Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.

El archivo del expediente por lavado de activos en noviembre de 2021 no produjo  ningún despliegue mediático. Solo el periódico El Colombiano lo informó brevemente, el 12 de febrero de 2025.

Unas preguntas

Sin embargo, los documentos descubiertos por CasaMacondo plantean interrogantes que merecen respuesta: 

  1. ¿Qué motivó que, después de más de quince meses sin actividad procesal, la Fiscalía reactivara el expediente únicamente para recuperar y revisar las decisiones que ya habían favorecido judicialmente a De la Espriella, antes de archivarlo definitivamente en noviembre de 2021?
  1. ¿Por qué la campaña presidencial de Abelardo de la Espriella presenta la resolución inhibitoria de 2017 como el cierre definitivo de su historial judicial, pero omite mencionar el archivo de 2021 por lavado de activos, tramitado bajo supervisión directa del despacho de Francisco Barbosa?
  1. ¿Qué explicación tienen Francisco Barbosa y el fiscal Luis Fernando Merchán Gutiérrez sobre el manejo reservado y silencioso de un expediente relacionado con posibles dineros del paramilitarismo y el narcotráfico, cuya clausura no produjo comunicación pública, rueda de prensa ni pronunciamiento institucional ni del investigado?
  1. Si nunca se esclareció judicialmente la supuesta recolecta de 4.000 millones de pesos entre jefes paramilitares para influir en magistrados de la Corte Constitucional, ¿qué hizo la Fiscalía durante más de una década para verificar el origen, la ruta y el destino de ese dinero, y por qué ninguna de esas líneas de investigación produjo resultados conocidos?

Algo queda claro: quince años después de la declaración de «El Tuso», nunca hubo una decisión judicial que esclareciera el origen, la ruta ni el destino de los dineros que el narcotraficante dijo haberle entregado a Abelardo de la Espriella. Los documentos revisados por CasaMacondo muestran que el cierre definitivo del expediente no ocurrió en 2017, como sostienen los voceros de su campaña, sino en noviembre de 2021, después de una intervención directa del despacho del fiscal general Francisco Barbosa. 

CasaMacondo contactó a Abelardo de la Espriella, al fiscal Luis Fernando Merchán Gutiérrez, al fiscal Carlos Hernando Cuervo Cruz y al exfiscal Francisco Roberto Barbosa Delgado. Al momento de publicación, solo Barbosa había respondido. En su correo, el exfiscal negó haber impartido instrucciones sobre el expediente y afirmó que los fiscales gozan de autonomía e independencia. Barbosa no respondió la pregunta sobre el criterio que lo llevó a incorporar esa investigación a las asignaciones especiales de su despacho.

Foto de Juan Pablo Barrientos

Juan Pablo Barrientos

Jefe de la Unidad Investigativa. Fue corresponsal en Washington de La Fm y Noticias RCN; director de Teleantioquia Noticias; periodista de La Fm, W Radio, Caracol Radio y Vorágine. Ha sido profesor de las universidades de Antioquia, Pontificia Bolivariana, Eafit, Santo Tomás y Politécnico Grancolombiano. Autor de tres libros: Dejad que los niños vengan a mí (2019), Este es el cordero de Dios (2021) y El archivo secreto (2023). Premio Nacional de Periodismo Simón Bolívar (2018, 2020 y 2022). Premio a la Libertad de Prensa en la categoría Impacto de Reporteros Sin Fronteras (2023). Finalista de los Premios Stringer Awards 2026. Nieman Fellow 2026-2027. Cofundador de CasaMacondo. E-mail: juan.barrientos@casamacondo.co
Ver todas las historias de Juan Pablo Barrientos
Compartir

Artículos relacionados

CasaMacondo es un medio de comunicación colombiano que narra la diversidad de territorios y personas que conforman este país. Tenemos una oferta de contenidos abierta y gratuita que incluye relatos sobre política, derechos humanos, arte, cultura y riqueza biolgica. Para mantener nuestra independencia recurrimos a la generosidad de lectores como tú. Si te gusta el trabajo que hacemos y quieres apoyar un periodismo hecho con cuidado y sin afán, haz clic aquí. Gracias!

Haz clic aquí para apoyarnos

CasaMacondo certificado JTI

CasaMacondo es el primer medio de comunicación colombiano con certificación bajo la norma internacional CWA CEN17493 de 2019, que garantiza la aplicación continua de criterios de responsabilidad, coherencia con sus polticas editoriales y transparencia en su labor periodística. Se trata de una iniciativa global de la Journalism Trust Initiative (JTI), liderada por Reporteros Sin Fronteras, el organismo de vigilancia de la libertad de prensa y los derechos humanos.