El pasado 29 de enero, el senador Josué Alirio Barrera Rodríguez radicó una acción de tutela de 109 páginas contra CasaMacondo. El litigio, que se cursa en los despachos de Yopal, capital del departamento del Casanare, es un ataque contra la libertad de prensa y, al mismo tiempo, un uso calculado del aparato judicial para validar la acumulación irregular de las tierras que la Constitución reserva para las familias campesinas más pobres del país.
El congresista del Centro Democrático y actual candidato a la reelección por la lista al senado de ese partido, pretende que un juez ordene la rectificación y posterior eliminación de la investigación titulada «Una cosecha de baldíos: el imperio inmobiliario del senador Alirio Barrera». Según el político, lo revelado en ella es «estigmatizante» y «materialmente falso». Se equivoca.
Lo publicado por CasaMacondo, tras meses de rigurosa indagación, desglosa el rompecabezas con el que el gamonal y su círculo más cercano registraron 587 hectáreas acumuladas, y se centra en tres predios de origen baldío, cuyo historial documentado desmiente que sean propiedades privadas plenas e intocables. Al contrario.
El primer y más elocuente hallazgo de CasaMacondo es el Condominio Peñones de Piedemonte, en Aguazul, un proyecto inmobiliario de lujo erigido sobre un terreno de 373 hectáreas que Alirio Barrera consolidó en noviembre de 2012. Para coser su imperio económico, el político pagó 290 millones de pesos a José Antonio Cala López por tres terrenos de indudable origen estatal: los Lotes 1 y 2, adjudicados en 1971 por el Instituto Colombiano de Reforma Agraria, INCORA, a Pablo Gómez, y vendidos a Cala López en 1976. También la finca El Retiro, adjudicada a Cala López en 1988.
Una vez en su poder, Alirio Barrera englobó las tierras para luego fragmentarlas: separó cien hectáreas que subdividió en 261 lotes, cada uno de 2.500 metros cuadrados. Y los comercializó entre aliados políticos, familiares y funcionarios de control estatal por sumas que superan los 5.000 millones de pesos, un negocio redondo, de suma astucia.
El segundo predio en discordia es El Diamante, de 449 hectáreas, ubicada en el municipio de Nunchía. Esa propiedad fue incorporada al patrimonio del legislador mientras ejercía como Gobernador de Casanare, entre 2016 y 2019, mediante una operación de permuta con Numael Anderson López Morales. Ese fue un movimiento de alta ingeniería contable: Alirio Barrera entregó 273 hectáreas de origen baldío, que había segregado previamente del globo de Peñones de Piedemonte, a cambio de estas 449 hectáreas, las cuales, según la trazabilidad de CasaMacondo, conservan su naturaleza de bienes de la Nación, destinados por ley para la reforma agraria.
Finalmente, la investigación de este medio revela la adquisición de la finca Édgar, un terreno de 38 hectáreas situado en Aguazul y obtenido, de nuevo, durante su paso por la Gobernación, pero esta vez mediante una sucesión atípica del exdiputado boyacense Édgar Armando Paerez Avella. Aunque el senador alega la licitud de esa herencia, la realidad jurídica es que se trata de una extensión que, sumada a las anteriores, viola flagrantemente el artículo 72 de la Ley 160 de 1994. Él tiene que saberlo, sus abogados también.
Ese artículo prohíbe que una sola persona concentre más de una Unidad Agrícola Familiar, UAF, de origen baldío. El tope en la región de ese conjunto de tierras es de doce hectáreas. La certeza legal no está en discusión. Bajo el rigor de la Sentencia SU-288 de 2022, estas tres propiedades forman parte de un patrimonio inoponible al Estado, y la Agencia Nacional de Tierras tiene el mandato imperativo de recuperarlas en favor de los campesinos más pobres.
La trampa de la legalidad formal
El punto neurálgico de este litigio radica en lo que Alirio Barrera considera «propiedad privada plena». El gamonal argumenta que sus adquisiciones son lícitas porque fueron autorizadas por notarios e inscritas en oficinas de registro. No obstante, CasaMacondo sostiene que la fe pública no purga la ilegalidad material de su conducta frente a la Ley 160 de 1994. Es decir: un recurso de aparente legalidad no anula la certeza de un mandato mayor.
La investigación de CasaMacondo probó que el senador del Centro Democrático violó de forma flagrante el artículo 72 de la Ley 160, que prohíbe taxativamente que una sola persona adquiera tierras inicialmente adjudicadas como baldíos si estas exceden los límites de la Unidad Agrícola Familiar. Mientras que en Casanare la UAF oscila entre cinco y doce hectáreas, el senador concentró un patrimonio de 587, todas de origen baldío, para desarrollar un negocio de urbanismo de lujo.
El litigio también expone la transgresión del artículo 39 de la misma Ley 160, que impone a los propietarios de predios de origen nacional la obligación de informar a la autoridad de tierras sobre cualquier proyecto de venta, incluso décadas después de la adjudicación original. Alirio Barrera omitió ese requisito de orden público en sus compras de 2012, una falta que vicia de nulidad absoluta los actos de compraventa. Pero no es todo.
A esas circunstancias se suma la denuncia sobre un subsidio de vivienda de interés social que Barrera adquirió en 2005 siendo concejal de Aguazul. Aunque en su tutela el senador alega una «falacia temporal», los registros confirman que la formalización jurídica del inmueble, destinado a ciudadanos en extrema pobreza, ocurrió mientras él ejercía como servidor público con poder de decisión local. Esa sola condición, al margen de sus ingresos millonarios, le impedía acceder al beneficio.
Para CasaMacondo, informar sobre un patrimonio que la Corte Constitucional ordena recuperar para el Fondo de Tierras no es una temeridad sino un deber de control social. Como senador de la República, Alirio Barrera está sujeto a un umbral de escrutinio superior y no puede usar el derecho al buen nombre como un salvoconducto para encubrir la apropiación indebida de bienes de la Nación.
Este litigio, que encaramos con serenidad y convencimiento de nuestra labor periodística, definirá los límites que la justicia puede trazarle a los políticos más poderosos del país. ¿Prevalecerá el derecho de la sociedad a conocer cómo se han acumulado las tierras en una región marcada por la violencia de los grupos armados y el despojo de miles de familias campesinas a manos de los clanes políticos más poderosos?
La aritmética del despojo es inapelable: mientras el Estado determinó que una familia campesina en Casanare solo puede recibir un máximo de doce hectáreas, el senador Josué Alirio Barrera Rodríguez concentró el equivalente a cuarenta y nueve Unidades Agrícolas Familiares. Su patrimonio de 587 hectáreas acumula lo que la ley dispuso para que casi medio centenar de familias salieran de la miseria. Ante esa desproporción, entendemos su acción de tutela en contra de nuestra labor periodística como un intento por validar el acaparamiento de tierras baldías y convertir el privilegio en derecho.
Quedamos a órdenes del juez.

