Menú Cerrar

Las Fuerzas Armadas siguen haciendo batidas ilegales pese a prohibición de la Corte Constitucional

Publicado en #ElDato
Compartir

El Ejército reclutó a la fuerza a Daniel Acosta, un joven que había manifestado objeción de conciencia, tenía problemas de salud y era el único sustento de su hogar. A pesar de que el alto tribunal declaró ilegales estas redadas, aún ocurren de forma irregular y arbitraria.

En Colombia, las llamadas «batidas militares» son operativos sorpresivos en los que el Ejército Nacional detiene a jóvenes para verificar su situación militar. Aunque esta práctica fue prohibida por la Corte Constitucional en 2011, diversos informes y documentos legales  a los que tuvo acceso CasaMacondo demuestran que se sigue llevando a cabo de manera irregular, vulnerando derechos fundamentales de los ciudadanos como la libertad personal, la salud y la objeción de conciencia.

Uno de los casos más recientes es el de Daniel Andrey Acosta Ortega, un joven reclutado a la fuerza pese a haber manifestado objeción de conciencia por razones religiosas y padecer graves problemas de salud, como un trauma físico que afecta su brazo, varicocele severo y un trastorno cognitivo. Su madre, Deisy Catherine Ortega Guzmán, interpuso una acción de tutela en su nombre. En la acción legal, ella argumenta que su hijo fue obligado a firmar documentos sin conocer su contenido y sin que se tomaran en cuenta factores como sus condiciones médicas o el hecho de que era el principal sostén económico de una familia en condición de pobreza moderada.

El juzgado de primera instancia negó la tutela afirmando que no se probó una vulneración de derechos. Sin embargo, Paola Andrea Meneses Mosquera, magistrada de la Corte Constitucional, solicitó su revisión al considerar que el caso configura violaciones claras a precedentes constitucionales y normas vigentes.

¿Qué dice la ley?

La Ley 1861 de 2017 regula el servicio militar obligatorio. En su artículo 4, parágrafo 2, establece que «ninguna persona podrá ser detenida o conducida con el propósito de definir su situación militar». Es decir, las batidas o redadas para reclutar jóvenes son ilegales.

A ello se suma la jurisprudencia de la Corte Constitucional, especialmente las sentencias C-879 de 2011 y T-455 de 2014, en las que se reafirma la prohibición de retenciones arbitrarias y los reclutamientos forzados. También se ha reconocido la objeción de conciencia como un derecho fundamental, especialmente en la Sentencia SU-108 de 2016, que obliga al Estado a ofrecer alternativas sustitutivas para quienes se nieguen por motivos religiosos, éticos o filosóficos a prestar el servicio militar.

Más allá de un caso aislado

El caso de Daniel Acosta no es único. Desde hace años, organizaciones defensoras de derechos humanos y medios de comunicación han denunciado que las batidas siguen ocurriendo, especialmente en barrios populares y zonas rurales. Recién comenzó el Gobierno del presidente Gustavo Petro, el ministro de Defensa del momento dijo: «El Ejército no puede retener y conducir a ningún ciudadano a cuarteles o distritos militares para incorporarlos al servicio. Es una práctica ilegal que debe ser suspendida de inmediato». En las redadas, los uniformados abordan a jóvenes que no han definido su situación militar y, muchas veces sin explicación, los trasladan a batallones bajo coacción.

Estas prácticas no solo son ilegales sino que constituyen una forma de detención arbitraria, prohibida por el artículo 28 de la Constitución y por tratados internacionales de derechos humanos.

La insistencia de la magistrada Meneses Mosquera ante la Corte Constitucional busca que este caso sea estudiado por su sala de revisión. De ser seleccionado, podría convertirse en una nueva sentencia de unificación que reafirme —y haga cumplir— la prohibición de las batidas y el respeto al derecho a la objeción de conciencia.

Foto de Juan Pablo Barrientos

Juan Pablo Barrientos

Dirección general. Periodista. Fue corresponsal en Washington de La Fm y Noticias RCN; director de Teleantioquia Noticias; periodista de La Fm, La W, Caracol Radio, Vorágine y ahora CasaMacondo. Ha sido profesor de las universidades de Antioquia, Pontificia Bolivariana, Eafit, Santo Tomás y Politécnico Grancolombiano. Autor de tres libros: Dejad que los niños vengan a mí (2019), Este es el cordero de Dios (2021) y El archivo secreto (2023). Premio Nacional de Periodismo Simón Bolívar (2018, 2020 y 2022). Premio a la Libertad de Prensa en la categoría Impacto de Reporteros Sin Fronteras (2023). Cofundador de CasaMacondo. E-mail: direcciongeneral@casamacondo.co

Ver todas las historias de Juan Pablo Barrientos

CasaMacondo es un medio de comunicación colombiano que narra la diversidad de territorios y personas que conforman este país. Tenemos una oferta de contenidos abierta y gratuita que incluye relatos sobre política, derechos humanos, arte, cultura y riqueza biológica. Para mantener nuestra independencia recurrimos a la generosidad de lectores como tú. Si te gusta el trabajo que hacemos y quieres apoyar un periodismo hecho con cuidado y sin afán, haz clic aquí. ¡Gracias!

Haz clic aquí para apoyarnos

Compartir

Artículos relacionados